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Condenan a 8 años y medio de inhabilitación a Eugenio Cañizares, exalcalde de San Antonio de Benagéber

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Publicado junio 9, 2022
63 vistas
3 Min lectura
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La sentencia alega que realizó pagos a una empresa municipal sin el procedimiento legalmente establecido y con omisión de todos los controles y garantías, conforme ha adelantado el diario Valencia Plaza.

La Audiencia de Valencia ha condenado a ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación al exalcalde del Partido Popular de San Antonio de Benagéber Eugenio Cañizares, tal y como ha adelantado el diario Valencia Plaza.

Concretamente la sentencia alega que realizó pagos a una empresa municipal sin el procedimiento legalmente establecido y con omisión de todos los controles y garantías.

El citado medio explica que la mercantil Sabfes, de la que el consistorio tenía el 100% del capital social, se constituyó en 2004 por parte del acusado cuando era edil y del secretario-interventor del ayuntamiento. El objetivo de esta era la realización de proyectos de formación ocupacional, empresas, trabajadores.

Esta empresa debía funcionar de manera autónoma e independiente del consistorio pero, conforme relata la sentencia, «se realizaban actos de disposición eludiendo la normativa administrativa, así como la fiscalización y control que impone la legislación, y con inobservancia de la normativa contable aplicable».

Operaciones más cuestionadas 

Una de las operaciones más cuestionadas es una ampliación de capital de la empresa en 2020 por importe de 60.000 euros, la cual debía haber sido aprobada por el pleno del ayuntamiento.

Así, la resolución da por acreditado que el exalcalde «efectuó estas transferencias sin que conste que el ayuntamiento hubiera encomendado ese servicio a la sociedad, comprobado, después, la efectiva realización del servicio y sin prestar conformidad, en muchos casos, a las facturas».

Por otro lado, también se hace referencia a la ausencia de acuerdos para las operaciones económico financieras, todo ello sin que conste decreto o resolución del ayuntamiento que apruebe el gasto ni acuerdo del Consejo de Administración. Además de la ausencia de firma de alcalde, secretario o tesorero en muchas transferencias del consistorio a Sabfes.
Constan además pagos realizados sin consignación presupuestaria o pagos realizados existiendo reparo de legalidad por el interventor, sin que se suspendiera el expediente por no existir crédito suficiente en el presupuesto municipal y sin ser levantado el reparo por el órgano competente.
Finalmente en el documento se menciona la ausencia de firma en conformidad en muchas de las facturas abonadas, la falta de justificación de los servicios prestados o suministros con cargo a las facturas y la continua confusión de personalidades entre el consistorio y la mercantil, sufragando el primero directamente pagos que correspondían a la entidad.

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